Iter criminis es un concepto utilizado en el ámbito del derecho penal para referirse a la secuencia de actos que conforman la realización de un delito. Se utiliza para describir el proceso desde la concepción de la idea delictiva hasta su consumación.
El iter criminis se divide en tres fases:
Fase interna: es la etapa en la que el sujeto planifica o concibe la comisión del delito. En esta fase, el individuo dirige su voluntad hacia la realización de la conducta delictiva.
Fase preparatoria: en esta etapa, el sujeto realiza actos concretos para llevar a cabo el delito, como la obtención de armas, la búsqueda de información o la identificación de posibles víctimas.
Fase ejecutiva: es la etapa en la que se materializa la conducta delictiva propiamente dicha, es decir, se lleva a cabo el acto delictivo que da lugar a la consumación del delito.
Es importante tener en cuenta que el iter criminis no siempre se completa, ya que en cualquier fase del proceso el sujeto puede arrepentirse o ser impedido de llevar a cabo el delito. Sin embargo, el derecho penal reconoce la punibilidad de ciertos actos preparatorios, especialmente cuando representan un peligro concreto de cometer un delito.
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